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Queda prohibida la quema de residuos vegetales generados en el entorno agrario o selvícola en terreno forestal y su Zona de Influencia Forestal durante el periodo comprendido entre el 1 de junio y el 15 de octubre, ambos inclusive, salvo que esta actividad se contemple en un plan local de quemas aprobado por el órgano competente en zonas de bajo riesgo, con nivel de preemergencia 1 y hasta las 11.
No se descartan chubascos localmente fuertes en el litoral de la mitad sur la primera mitad del día
Calculando
Queda prohibida la quema de residuos vegetales generados en el entorno agrario o selvícola en terreno forestal y su Zona de Influencia Forestal durante el periodo comprendido entre el 1 de junio y el 15 de octubre, ambos inclusive, salvo que esta actividad se contemple en un plan local de quemas aprobado por el órgano competente en zonas de bajo riesgo, con nivel de preemergencia 1 y hasta las 11.
En la mitad sur, probables precipitaciones acompañadas ocasionalmente de tormentas.