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Queda prohibida la quema de residuos vegetales generados en el entorno agrario o selvícola en terreno forestal y su Zona de Influencia Forestal durante el periodo comprendido entre el 1 de junio y el 15 de octubre, ambos inclusive, salvo que esta actividad se contemple en un plan local de quemas aprobado por el órgano competente en zonas de bajo riesgo, con nivel de preemergencia 1 y hasta las 11. Temperaturas en ascenso. Viento flojo de dirección variable, con predominio de la componente oeste, tendiendo en horas centrales a componente este, con algún intervalo moderado en el litoral de la mitad sur por la tarde.
Calculando
Queda prohibida la quema de residuos vegetales generados en el entorno agrario o selvícola en terreno forestal y su Zona de Influencia Forestal durante el periodo comprendido entre el 1 de junio y el 15 de octubre, ambos inclusive, salvo que esta actividad se contemple en un plan local de quemas aprobado por el órgano competente en zonas de bajo riesgo, con nivel de preemergencia 1 y hasta las 11.
Cielo poco nuboso, con intervalos de nubes altas en general, y algunos bancos de nubes bajas en puntos del litoral a primera hora. Temperaturas mínimas cambios ligeros, y máximas en descenso. Viento flojo de dirección variable, tendiendo al mediodía a componente este.